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II. MARCO JURÍDICO Y NORMATIVO DEL TURISMO

El turismo hoy en día está considerado como parte fundamental del derecho del ocio consagrado en las leyes laborales de varios países, y reconocido internacionalmente como parte de los derechos sociales y culturales de las personas.

1. PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO DE ACUERDO CON LA DISCIPLINA

El Derecho del Turismo cumple un papel fundamental, ya que las normas jurídicas específicas orientaran en gran parte el desarrollo mundial de la actividad y definen aspectos operativos de los destinos locales

El artículo 24 de la Carta Internacional de los Derechos Humanos, expresa que “toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas” y a partir de esta declaración es que se han hecho diversas legislaciones en favor de las actividades de tiempo libre.

El turismo, como ámbito del tiempo libre y el ocio, se fundamenta como un derecho humano universal en el Código Ético Mundial para el Turismo


2. BENEFICIOS, REPERCUSIONES E IMPACTOS DE LA DISCIPLINA EN LAS TENDENCIAS DEL TURISMO

"El camino hacia un turismo sustentable y su proyección sobre el derecho del turismo y la enseñanza"

El “turismo sustentable”, eje actual de debates sobre la actividad turística, solo lo será cuando, además de cuidar los recursos naturales, resulte viable económicamente para las empresas, aporte a la redistribución en la comunidad local de los beneficios socioeconómicos y culturales y se sustente en textos normativos y políticas nacionales e internacionales que sostengan la sustentabilidad presente y hacia el futuro.

Algunos beneficios que los derechos otorgan a los consumidores, son los siguientes:

-Protección contra los riesgos que afecten a su salud o a su seguridad La seguridad turística es sin duda uno de los mayores desafíos a los que se enfrenta hoy en día el sector, tanto por lo que concierne a la prevención de los actos ilícitos organizados a escala internacional

-Derecho a una información correcta Es un derecho transversal a todos los demás derechos, la piedra angular del sistema no solo para que el consumidor esté protegido efectivamente, sino para que este se sienta como tal

-Indemnización por daños y reparación de perjuicios, siendo el mecanismo de reparación por excelencia el de la compensación económica, el gran avance para el consumidor ha sido sin duda la inclusión en este concepto del derecho a ser resarcido o indemnizado por los daños morales


3. COMPORTAMIENTOS DEL TURISTA ANTE LOS CAMBIOS QUE IMPLEMENTA LA DISCIPLINA EN LAS TENDENCIAS DEL TURISMO

"El derecho turístico: de viajero a consumidor"

El derecho del turismo –derecho turístico para algunos autores– se ha convertido en el instrumento que ha transformado al turista en consumidor. El viajero es cada vez más consciente de los derechos que puede ejercer. La incorporación de la regulación del contrato de viaje combinado (diferentes servicios turísticos vendidos por un precio global) al acervo de la normativa de consumo y la protección del pasajero aéreo han contribuido de forma definitiva a asentar esta condición

Los contratos turísticos que implican a los consumidores han desembarcado en los tribunales, que ya han tenido ocasión de interpretar la norma y orientarla hacia las posiciones más proteccionistas para el consumidor. La incorporación de nuevos hábitos de consumo y de nuevas modalidades de contratación sugiere un futuro que no se presenta precisamente estático en este ámbito.

En el espíritu de la norma –expresado en varios de los considerandos previos al texto articulado– se especifica el doble objetivo que se persigue con esta legislación, que cabe recordar que no es de aplicación directa a los estados miembros –cosa que sí sucede con los reglamentos–, sino que requiere de una previa labor de trasposición para incorporarla a los respectivos ordenamientos jurídicos internos.

4. CREACIÓN DE NUEVOS SERVICIOS, PRODUCTOS TURÍSTICOS O TIPOS DE TURISMO QUE SE SUSTENTAN EN LA DISCIPLINA

"La inclusión social de las personas con discapacidad en el sistema turístico del Centro Histórico de la Ciudad de México"

Es a partir de la innovación social que se pueden fortalecer las políticas públicas conjuntando a la iniciativa privada, el sector gubernamental, la academia y las organizaciones no gubernamentales. El objetivo de estos procesos de innovación radica en la inclusión social de poblaciones vulnerables a través de investigación y desarrollo de nuevos procesos en el diseño, aplicación y gestión de nuevas tecnologías y procesos que permitan vincular a los grupos vulnerables con el sector turístico

El turismo como derecho universal de los seres humanos está reconocido en el artículo 7° del Código Ético Mundial para el Turismo de la Organización Mundial del Turismo (OMT) y debe estar al alcance de cualquier persona sin distinción física, social, económica, racial o de cualquier otra índole.

Con respecto a los derechos sociales, en los que se incluye el ocio y el turismo, el estado se compromete a adoptar las medidas necesarias para que las personas puedan tener un pleno ejercicio de estos, utilizando al máximo los recursos.

La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad instruye a la Secretaría de Turismo Federal promover el derecho de las personas con discapacidad para acceder a los servicios turísticos, recreativos o de esparcimiento a través de programas y normas para que la infraestructura cuente con accesibilidad universal, así como programas de promoción enfocados a las personas con discapacidad.







Comentarios

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. Considero en lo personal que la información es muy interesante, los puntos son muy completos y desglosados de manera correcta.
    En el área de Marco jurídico para mi es un tema que debe mantenerse actualizado y las tendencias se deben de complementar con alguna legislación de acuerdo a los programas y proyectos establecidos.
    Lo mencionado en el blog fue muy acertado sólo el pequeño detalle que no hay referencias que sustenten su información.

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  3. Su información me pareció bastante interesante e informativa y estoy de acuerdo que las tendencias en la unidad de aprendizaje de Marco Jurídico sí se llevan a cabo en el Turismo pues por ello la Secretaría de Turismo ha establecido una serie de normas oficiales que reglamentan asuntos como los requisitos de seguridad e higiene que deben cumplir algunos prestadores de servicios, elementos a que deben sujetarse los guías turísticos especializados, o los requisitos que deben contener los contratos que se celebren entre los prestadores de servicios y los usuarios.

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